Nuevos Pilares

En la entrega anterior hablamos de las medidas que se han trabajado desde “Clean Capitalist Coalition” para de forma eficiente y menos dañina guiar a las soluciones que reduzcan o eliminen la contaminación.

Republica Libre tomando en cuenta la realidad nacional en materia de regulaciones y las propuestas de Clean Capitalist Coalition formulamos lo que sería el nuevo marco para república dominicana, compuesto de:

1- Recorte de Impuestos Verde (RIV): el RIV consiste en una tasa impositiva menor para los negocios relacionados a capital y deuda relacionados a inversiones que conlleven a una producción más limpia.

Entiéndase como:

-El artículo 11 de la ley 57-07 que después de la ley 253-12 de reforma fiscal había sido reducido se restablecerá y expandirá dejando exento sobre impuestos los intereses generados por préstamos destinados a las diferentes soluciones implementadas por empresas de producción limpia o proyectos de producción limpia.

-Tasa impositiva más baja para las empresas de producción limpia dejando una tasa de impuesto de un 22%, queda abierto a debate si se establece esa tasa u otra, lo que el equipo de República Libre propone es que dicha tasa sea un 5% menor a la de las empresas de producción no limpia de modo que no se altere la estructura fiscal de esta ultimas, pero al mismo tiempo se premie las empresas amigables con el medio ambiente.

-Los beneficios del RIV se extienden a las inversiones sobre innovación disruptiva que acelere la mitigación de la actividad productiva sobre el medio ambiente

2- Se fortalece el artículo 9 de la ley 57-07 que establece una exención de todo arancel a los equipos y accesorios necesarios para los proyectos de energía limpia y se incluye el levantamiento de las restricciones a la movilidad de capitales destinados a la generación de riqueza amigable con el medio ambiente.

3- Elección energética: se establece un mecanismo por el cual los usuarios pueden elegir con que empresa de generación adquirir la energía, la empresa de trasmisión de energía estaría encargada de ser intermediario y crear el mecanismo institucional necesario para la aplicación de la EE.

4- Coordinar con empresas calificadoras y expertos del panel intergubernamental del cambio climático para crear un manual de mejores prácticas ambientales que servirá para asignación de un sello de calidad ambiental, el cual sería otorgado de forma privada por las agencias calificadoras a las empresas que tengan la voluntad de mostrar al público en general que están comprometidos con las mejores prácticas ambientales.

5- Organizar mediante la Bolsa de valores Republica Dominicana la apertura de un mercado de compra y venta de Bonos Verdes (BV) (préstamos destinados a producción de energía de fuentes renovables y proyectos de mitigación del daño ambiental), los BV serían transados con libertad en el mercado y con apertura de personas jurídicas o físicas extranjeras a la participación en el mismo

Las facilidades o proyectos considerados de producción limpian en la primera fase del nuevo marco durará seis años para luego ser revisado por el panel intergubernamental del cambio climático de forma que se actualice la lista de facilidades y tecnologías que estarían cubiertas por este régimen de incentivos.

A continuación, enumeramos las facilidades:

1- Facilidades calificadas de generación de energía renovable

  • viento
  • biomasa de circuito cerrado y de circuito abierto
  • energía geotermal
  • energía solar
  • manejo de residuos municipales
  • energía hidráulica, marina e hidrocinética

2-Facilidades de captura y secuestro de carbono

3-Las unidades de tipo doméstico o residencial que están contenidas en el punto I

4- Vehículos calificados como de motor eléctrico

5-Vehiculos calificados como de motor alterno que no emitan carbono como subproducto de su funcionamiento

6-Sistema de recarga de vehículos eléctricos que operen con 200 voltios o mas

7-Casas o edificios diseñados para obtener un rendimiento neto de energía cero, propiamente certificados por una firma de arquitectos o ingenieros especializados

Esta lista estará sometida a revisión para su expansión o ratificación cada seis años, las exenciones aplicaran bajo solicitudes del orden equivalente a un millón de dólares en pesos dominicanos a la tasa promedio del año fiscal anterior, las solicitudes se manejaran por el ministerio de hacienda que comprobará que el proyecto está evaluado con el visto bueno por una firma especializada contratada por la persona jurídica o física que somete la solicitud, el ministerio de hacienda tendrá un registro de estas empresas que deberán revaluar sus credenciales cada dos años y que son responsables ante la ley por cualquier intento de defraudación fiscal usando este marco como vehículo.

Aunque el límite inferior de solicitud sea un requisito base se permite el empaquetamiento de proyectos más pequeños que planten una solicitud conjunta que igual podrá ser transada en el mercado de valores disfrutando de las mismas ventajas que los proyectos unitarios.

El artículo 12 de la ley 57-07 que establece actualmente un 40% del costo del proyecto deducible a 3 años será modificado para elevar la deducción a un 80% del costo y el tiempo de vigencia será de 6 años.

El ministerio de hacienda se encargará de hacer las reservas e informar al público sobre el valor de la deducción para el fisco anualmente con el fin de cumplir la meta sugerida por el IPCC (panel internacional del cambio climático ) que indica que es necesario hacer una inversión incremental anual promedio estimada de alrededor del 1.5% del PIB en materia energética del 2016 al 2035, el ministerio tendrá el mandato legal de facilitar las deducciones hasta un 2% del PIB y no menos de un 1.5% sugerido por el IPCC, de no cumplirse la meta en un año la diferencia será acumulativa para el siguiente año siempre y cuando se haya tomado en cuenta que los entes jurídicos adheridos a los RIV están bajo una tasa especial que no está relacionada al costo de la deducción para el fisco por lo cual está prohibida su inclusión en el cálculo del 1.5% anual hasta el 2035.

Atendiendo a la seguridad jurídica que debe tener este nuevo marco desde Republica Libre sugerimos que cualquier modificación que reduzca los beneficios de este marco en sus primeros dos ciclos (12 años) requiera una aprobación de ¾ partes del congreso.

Desde Republica Libre le ofrecemos este nuevo marco regulatorio y fiscal para encaminar la Republica Dominicana hacia un modelo de desarrollo más limpio y libre.

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